¿Cuándo caduca la pensión de sobreviviente?
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¿Cuándo caduca la pensión de sobreviviente?
La pensión de sobrevivientes en Colombia es un derecho que se otorga a los familiares dependientes de un afiliado al sistema de seguridad social cuando este fallece. Este beneficio está regulado por la Ley 100 de 1993, la cual establece los requisitos y condiciones para su obtención. A continuación, detallamos los aspectos más relevantes sobre la duración y condiciones de este derecho.
Beneficiarios de la pensión de sobrevivienteF
De acuerdo con el Ministerio de Justicia de Colombia, los posibles beneficiarios de la pensión de sobrevivientes son:
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Cónyuge o compañero permanente: Tienen derecho a la pensión siempre que demuestren su relación con el fallecido mediante registros civiles y, en el caso de compañeros permanentes, declaraciones juramentadas de convivencia.
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Hijos menores de edad o hasta los 25 años si están estudiando: Deben presentar el registro civil de nacimiento y certificaciones de estudio en el caso de los mayores de edad.
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Padres del afiliado: Siempre que demuestren dependencia económica del fallecido.
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Hermanos con discapacidad: Pueden reclamar la pensión si no existen otros dependientes económicos.
Condiciones para reclamar la pensión
Para solicitar la pensión de sobrevivientes, los beneficiarios deben presentar una serie de documentos que varían según el parentesco con el fallecido. Entre estos documentos se encuentran:
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Formulario único de solicitudes prestacionales.
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Registro civil de defunción del afiliado.
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Registro civil de nacimiento de los hijos.
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Fotocopia del documento de identidad del solicitante.
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Registro civil de matrimonio o declaraciones juramentadas de convivencia para cónyuges o compañeros permanentes.
Plazo para reclamar la pensión
Uno de los aspectos más importantes sobre la pensión de sobrevivientes en Colombia es que la ley no establece un plazo específico para reclamarla. Esto significa que la pensión no prescribe, es decir, los beneficiarios pueden solicitarla en cualquier momento tras el fallecimiento del afiliado.
Duración de la pensión
La pensión de sobrevivientes puede ser de carácter temporal o vitalicio, dependiendo de las circunstancias del beneficiario:
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Temporal: En el caso de cónyuges o compañeros permanentes jóvenes que no tienen hijos a su cargo, la pensión puede ser temporal hasta que alcancen una determinada edad o condición laboral.
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Vitalicia: Se otorga de por vida a los beneficiarios que cumplen ciertos requisitos, como hijos discapacitados o padres dependientes económicos.
Procedimiento en caso de rechazo
En caso de que la solicitud de pensión sea rechazada, el solicitante puede presentar un recurso de reposición y/o apelación dentro de los 10 días hábiles siguientes al rechazo. Este recurso debe explicar las razones por las cuales se considera que la decisión fue errónea.
Solicitudes desde el exterior
Los residentes colombianos en el exterior también pueden solicitar la pensión de sobrevivientes. El proceso es similar al realizado en Colombia, pero la solicitud debe presentarse ante el Consulado de Colombia o la autoridad competente del país de residencia.
La pensión de sobrevivientes es un derecho amparado por la ley colombiana que no tiene un plazo de caducidad para ser reclamado. Los beneficiarios deben cumplir con una serie de requisitos y presentar la documentación pertinente para acceder a este beneficio, el cual puede ser vitalicio o temporal dependiendo de las circunstancias individuales. Es fundamental estar bien informado sobre los derechos y procedimientos para asegurar que los familiares del fallecido puedan acceder a este importante beneficio social.
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Beneficiarios | Documentos Requeridos | + |
Cónyuge o compañero permanente | - Registro civil de defunción - Registro civil de matrimonio (cónyuge) - Declaraciones juramentadas de convivencia (compañero permanente) - Fotocopia del documento de identidad |
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Hijos menores de edad o hasta 25 años si estudian | - Registro civil de defunción - Registro civil de nacimiento - Certificación de estudios (si son mayores de edad y están estudiando) - Fotocopia del documento de identidad |
+ |
Padres dependientes económicamente | - Registro civil de defunción - Documentos que demuestren la dependencia económica del fallecido - Fotocopia del documento de identidad |
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