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¿Cómo adoptar a una persona mayor de edad en Colombia?


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Fecha de Publicación: 2024-06-18 13:30:30

¿Cómo adoptar a una persona mayor de edad en Colombia?

¿Cómo adoptar a una persona mayor de edad en Colombia?


La adopción en Colombia es una figura jurídica principalmente conocida por su aplicación en menores de edad, pero también es posible adoptar a personas mayores de edad. A continuación, se explica detalladamente cómo se lleva a cabo este proceso según el derecho de familia colombiano.

Marco Legal para la Adopción de Mayores de Edad

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) es la autoridad central en materia de adopciones en Colombia, y su regulación principal se enfoca en la adopción de menores. Sin embargo, la adopción de mayores de edad está contemplada en el artículo 69 de la Ley 1098 de 2006, conocida como el Código de la Infancia y la Adolescencia. Esta ley establece que una persona mayor de edad puede ser adoptada siempre que el adoptante haya tenido su cuidado personal y hayan convivido bajo el mismo techo por al menos dos años antes de que el adoptado cumpliera 18 años.

Procedimiento para Adoptar a un Mayor de Edad

El proceso de adopción de una persona mayor de edad se realiza directamente ante un juez de familia. Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Consentimiento Mutuo: La adopción de una persona mayor de edad se basa en el consentimiento tanto del adoptante como del adoptado. Ambos deben estar de acuerdo y expresar su consentimiento de manera libre y voluntaria.

  2. Solicitud al Juez de Familia: La solicitud de adopción se debe presentar ante el juez de familia competente. Es esencial que se demuestre que se cumplen los requisitos establecidos por la ley, principalmente el cuidado personal y la convivencia previa.

  3. Verificación de Requisitos: El juez de familia será el encargado de verificar que se cumplen todos los requisitos legales para proceder con la adopción. Esto incluye la revisión del historial de convivencia y cuidado entre el adoptante y el adoptado.

Requisitos Específicos

Para que la adopción de una persona mayor de edad sea aprobada, se deben cumplir ciertos requisitos legales:

Jurisprudencia y Reconocimiento de la Familia de Crianza

La Corte Constitucional de Colombia ha desarrollado una jurisprudencia que reconoce la existencia de la familia de crianza. Este tipo de familia se caracteriza por vínculos que surgen de facto, es decir, de manera espontánea y por la convivencia continua, el afecto, la protección, el auxilio y el respeto mutuos. La familia de crianza es reconocida legalmente y se valora en procesos de adopción de mayores de edad.

Importancia de la Adopción de Mayores de Edad

La adopción de mayores de edad tiene una importancia particular en la sociedad colombiana, ya que permite formalizar y legalizar vínculos afectivos y de cuidado que se han desarrollado a lo largo del tiempo. Este tipo de adopción puede proporcionar estabilidad emocional y legal tanto para el adoptante como para el adoptado, reconociendo oficialmente una relación familiar existente.

 

Adoptar a una persona mayor de edad en Colombia es un proceso legalmente reconocido que se basa en el consentimiento mutuo y en la demostración de una relación de cuidado y convivencia previa. Este proceso, aunque menos conocido que la adopción de menores, juega un papel crucial en el reconocimiento de vínculos familiares que se han desarrollado de manera espontánea y continua. Si se cumplen los requisitos legales y se obtiene la aprobación de un juez de familia, esta adopción puede proporcionar beneficios significativos tanto para el adoptante como para el adoptado, fortaleciendo los lazos familiares y proporcionando una mayor seguridad jurídica y emocional.

 

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Sí, es legal adoptar a una persona mayor de edad en Colombia siempre y cuando el adoptante haya tenido el cuidado personal del adoptado y hayan convivido juntos por al menos dos años antes de que el adoptado cumpliera 18 años.

Los requisitos incluyen el consentimiento mutuo entre el adoptante y el adoptado, y haber convivido bajo el mismo techo por al menos dos años antes de que el adoptado cumpliera 18 años.

La solicitud de adopción debe presentarse ante un juez de familia competente, quien verificará que se cumplen los requisitos legales para proceder con la adopción.

La familia de crianza se reconoce por vínculos de afecto, protección, auxilio y respeto mutuos que surgen de manera espontánea por la convivencia continua, y es reconocida por la Corte Constitucional como una forma legítima de familia.


Aspecto Descripción +
Base Legal Artículo 69 de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia) +
Autoridad Central Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) +
Requisito de Cuidado El adoptante debe haber tenido el cuidado personal del adoptado +
Requisito de Convivencia Convivencia bajo el mismo techo por al menos dos años antes de los 18 años +
Consentimiento Mutuo Necesario entre el adoptante y el adoptado +
Solicitud de Adopción Presentada ante un juez de familia competente +
Verificación de Requisitos Realizada por el juez de familia +
Familia de Crianza Vínculos reconocidos por convivencia, afecto y protección mutuos +


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