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¿Qué es una sociedad patrimonial familiar?


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Fecha de Publicación: 2024-07-11 09:44:15

¿Qué es una sociedad patrimonial familiar?

¿Qué es una sociedad patrimonial familiar?


En el contexto del derecho de familia colombiano, una sociedad patrimonial familiar o sociedad patrimonial de hecho es una figura jurídica que reconoce la existencia de un patrimonio común entre dos personas que conviven en unión marital de hecho por un período mínimo de dos años. Este concepto se fundamenta en la necesidad de proteger los derechos patrimoniales de las parejas que, sin estar legalmente casadas, han formado un vínculo económico y de convivencia estable.

Constitución de la Sociedad Patrimonial de Hecho

La constitución de una sociedad patrimonial de hecho puede realizarse a través de varios mecanismos:

  1. Escritura Pública: Las parejas pueden acudir a una notaría y mediante escritura pública declarar la existencia de la sociedad patrimonial.

  2. Acta de Conciliación: Otra opción es acudir a un centro de conciliación, donde mediante un acta de conciliación se reconoce la sociedad patrimonial.

  3. Sentencia Judicial: En caso de que no exista acuerdo entre las partes, un juez de familia puede declarar la existencia de la sociedad patrimonial mediante una sentencia judicial.

Requisitos para el Reconocimiento

Para que una sociedad patrimonial de hecho sea reconocida, se deben cumplir ciertos requisitos:

  1. Unión Marital de Hecho: La pareja debe haber convivido en una unión libre, conocida legalmente como unión marital de hecho, durante al menos dos años.

  2. Convivencia Ininterrumpida: La convivencia debe haber sido continua y sin interrupciones durante este período.

  3. Capacidad Legal para Casarse: Ninguno de los miembros de la pareja debe tener impedimentos legales para contraer matrimonio. Si alguno de ellos estuvo casado previamente, la sociedad conyugal debe haber sido disuelta antes del inicio de la convivencia ininterrumpida.

  4. Solicitud Formal: Se debe presentar una solicitud formal ante la autoridad competente (notario, centro de conciliación o juez) que incluya una declaración de los hechos y la manifestación de que no existen impedimentos legales para casarse.

Documentación Necesaria

La solicitud para constituir una sociedad patrimonial de hecho debe ir acompañada de varios documentos:

Efectos de la Sociedad Patrimonial

Una vez constituida la sociedad patrimonial, todos los bienes adquiridos durante la convivencia pertenecen a ambos compañeros por partes iguales. Esto incluye cualquier bien adquirido a partir del momento en que se cumple el requisito de los dos años de convivencia ininterrumpida. En caso de separación o fallecimiento de uno de los compañeros, los derechos patrimoniales deben ser declarados dentro de un año, de lo contrario, se perderán dichos derechos.

Resolución de Conflictos

Si los compañeros permanentes no están de acuerdo en declarar la existencia de la sociedad patrimonial, pueden intentar resolver sus diferencias en un centro de conciliación o una comisaría de familia. Si no logran un acuerdo, deberán acudir a un juez de familia para que sea él quien determine la existencia de la sociedad patrimonial mediante una sentencia judicial. Durante este proceso, el juez podrá solicitar y practicar pruebas para determinar si realmente existió la unión marital de hecho y, en consecuencia, la sociedad patrimonial.

Importancia Legal y Social

La sociedad patrimonial de hecho es una figura esencial en el derecho de familia colombiano, ya que protege los derechos patrimoniales de las parejas que, aunque no han formalizado su relación mediante el matrimonio, han construido un patrimonio común a lo largo de su convivencia. Este reconocimiento legal garantiza que ambos miembros de la pareja tengan derechos equitativos sobre los bienes adquiridos durante su unión, fomentando la justicia y la equidad en las relaciones de convivencia no maritales.

En resumen, la sociedad patrimonial de hecho en Colombia es una herramienta legal que permite a las parejas que conviven en unión libre por al menos dos años, obtener el reconocimiento de un patrimonio común. Este mecanismo busca proteger los derechos patrimoniales de ambas partes, asegurando una distribución equitativa de los bienes adquiridos durante la convivencia.

 

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Una sociedad patrimonial de hecho es el reconocimiento legal de un patrimonio común entre dos personas que conviven en unión marital de hecho por al menos dos años.

Se puede constituir mediante escritura pública ante un notario, acta de conciliación en un centro de conciliación o por sentencia judicial si no hay acuerdo entre las partes.

La pareja debe haber convivido ininterrumpidamente durante dos años, no tener impedimentos legales para casarse y presentar una solicitud formal con los documentos requeridos.

Todos los bienes adquiridos por la pareja durante la convivencia de dos años pertenecen a ambos en partes iguales.


Aspecto Descripción +
Definición Reconocimiento legal de un patrimonio común entre dos personas que conviven en unión marital de hecho. +
Duración mínima de convivencia Al menos dos años de convivencia ininterrumpida. +
Formas de constitución Escritura pública, acta de conciliación o sentencia judicial. +
Requisitos principales Convivencia ininterrumpida, sin impedimentos legales para casarse, solicitud formal con documentos. +
Documentación necesaria Copia de documentos de identidad, registro civil, acta de conciliación, escritura pública o sentencia judicial. +


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