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Ley 734 de 2002: Código Disciplinario Único de Colombia


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Fecha de Publicación: 2024-11-19 12:24:15

Ley 734 de 2002: Código Disciplinario Único de Colombia

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La Ley 734 de 2002 promulgó el Código Disciplinario Único en Colombia, estableciendo un conjunto de normas y principios que rigen la responsabilidad disciplinaria de los servidores públicos y particulares que ejercen funciones públicas.

Principios Rectores de la Ley Disciplinaria

El Código Disciplinario Único se fundamenta en una serie de principios que garantizan la justicia y el debido proceso en las actuaciones disciplinarias. Algunos de estos principios son:

Sujetos Disciplinables

La ley disciplinaria se aplica a los servidores públicos, incluso si se han retirado del servicio, y a los particulares que ejercen funciones públicas o administran recursos del Estado.

Causales de Extinción de la Acción Disciplinaria

La acción disciplinaria puede extinguirse por muerte del investigado o por prescripción.

Derechos, Deberes y Prohibiciones de los Servidores Públicos

El Código Disciplinario Único establece una serie de derechos, deberes y prohibiciones que los servidores públicos deben observar en el desempeño de sus funciones.

Clasificación de las Faltas Disciplinarias

Las faltas disciplinarias se clasifican en:

Sanciones Disciplinarias

Las sanciones disciplinarias que se pueden imponer son:

Régimen Especial para Particulares

El Código Disciplinario Único también establece un régimen especial para los particulares que ejercen funciones públicas, incluyendo a los interventores y supervisores de contratos estatales.

Procedimiento Disciplinario

El procedimiento disciplinario se rige por los principios de la Ley 734 de 2002 y se lleva a cabo en las oficinas de control interno disciplinario, personerías, jurisdicción disciplinaria y la Procuraduría General de la Nación.

La Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único, es un pilar fundamental del derecho disciplinario en Colombia, ya que establece las normas y procedimientos para garantizar la transparencia, la ética y la responsabilidad en el ejercicio de la función pública.

 

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Es la ley que establece el Código Disciplinario Único en Colombia, el cual regula la responsabilidad de los servidores públicos por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones.

La ley se aplica a todos los servidores públicos, incluso tras su retiro, y a particulares que ejerzan funciones públicas o administren recursos del Estado.

Las faltas gravísimas son las más graves y pueden llevar a la destitución e inhabilidad general del servidor público. Están especificadas en la Ley 734 de 2002.

Puedes encontrar el texto completo de la Ley 734 de 2002 en la página web de la Función Pública o en la del Departamento Administrativo de la Función Pública.


Aspecto Descripción +
Sujetos Disciplinables Servidores públicos (incluso retirados) y particulares que ejercen funciones públicas o administran recursos del Estado. +
Principios Rectores Legalidad, debido proceso, presunción de inocencia, defensa. +
Causales de Extinción Muerte del investigado, prescripción de la acción disciplinaria. +
Clasificación de las Faltas Gravísimas, graves, leves. +
Sanciones Disciplinarias Destitución e inhabilidad general, suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad especial, suspensión, multa, amonestación escrita.1 +
Procedimiento Disciplinario Se rige por los principios de la Ley 734 de 2002 y se lleva a cabo en oficinas de control interno, personerías, jurisdicción disciplinaria y Procuraduría General de la Nación. +


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