Fuero de Maternidad en Contratos de Prestación de Servicios
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Fuero de Maternidad en Contratos de Prestación de Servicios
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El fuero de maternidad es una protección especial otorgada a las mujeres embarazadas o en período de lactancia, con el fin de garantizar su estabilidad laboral y evitar la terminación arbitraria de sus contratos. Esta protección se fundamenta en la Constitución Nacional y ha sido desarrollada por la Corte Constitucional en diversas sentencias.
Aplicación del fuero de maternidad en contratos de prestación de servicios
Tradicionalmente, el fuero de maternidad se ha aplicado a contratos laborales. Sin embargo, la jurisprudencia ha extendido esta protección a mujeres vinculadas mediante contratos de prestación de servicios.
La Sentencia SU-070 de 2013 estableció que las mujeres embarazadas tienen derecho a protección en todas las modalidades laborales, incluyendo los contratos de prestación de servicios. Posteriormente, la Sentencia SU-075 de 2018 reiteró que esta protección aplica si la contratista se encuentra en estado de embarazo o dentro de los tres meses siguientes al parto.
Requisitos para la protección en contratos de prestación de servicios
Para que opere la protección del fuero de maternidad en contratos de prestación de servicios, deben cumplirse tres condiciones:
-
Conocimiento del estado de embarazo por parte del contratante.
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Subsistencia de la causa del contrato, es decir, que el objeto del contrato aún esté vigente.
-
Ausencia de autorización del inspector de trabajo para dar por terminado el contrato.
Si se cumplen estas condiciones y la entidad decide no renovar el contrato, el juez podrá ordenar:
-
La renovación del contrato hasta la finalización del período de lactancia.
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El pago de honorarios dejados de percibir.
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El pago de la indemnización por despido discriminatorio.
-
El reconocimiento de la licencia de maternidad.
Excepción: Cuando no se configura un "contrato realidad"
El contrato de prestación de servicios se diferencia del contrato laboral en que no hay subordinación ni vínculo de dependencia. Sin embargo, si se prueba que la contratista cumplía funciones con subordinación, se podría reconocer un "contrato realidad" y otorgar derechos laborales plenos. Si no se configura el contrato realidad, la protección dependerá de los requisitos mencionados anteriormente.
El fuero de maternidad protege a las mujeres gestantes, incluso en contratos de prestación de servicios, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Las empresas y entidades públicas deben garantizar estos derechos y evitar la discriminación por razones de maternidad.
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Aspecto | Descripción | + |
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Definición del fuero de maternidad | Protección laboral para mujeres embarazadas o en período de lactancia que impide su despido sin justa causa y sin autorización del Ministerio de Trabajo. | + |
Aplicación en contratos de prestación de servicios | Aplica si la mujer contratista demuestra que el contratante conocía su embarazo y que la causa del contrato sigue vigente. | + |
Requisitos para la protección | 1. Conocimiento del embarazo por parte del contratante. 2. Vigencia de la labor contratada. 3. Ausencia de autorización del inspector de trabajo. | + |
Derechos protegidos | Continuidad del contrato, pago de honorarios, licencia de maternidad y posible indemnización si se demuestra discriminación. | + |