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¿Cómo se regula la sociedad patrimonial?


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Fecha de Publicación: 2024-07-11 11:00:14

¿Cómo se regula la sociedad patrimonial?

¿Cómo se regula la sociedad patrimonial?


La regulación de la sociedad patrimonial de hecho en Colombia está establecida bajo el derecho de familia, particularmente en las leyes 54 de 1990 y 979 de 2005. A continuación, se detalla el proceso y los requisitos para el reconocimiento y regulación de la sociedad patrimonial de hecho en el contexto del derecho colombiano.

Constitución de la Sociedad Patrimonial

  1. Declaración de los Compañeros Permanentes:

    • Los compañeros permanentes pueden acudir a una notaría para realizar una escritura pública.

    • Alternativamente, pueden acudir a un centro de conciliación para obtener un acta de conciliación.

    • También pueden presentar su solicitud ante un juez de familia para que este declare la unión marital de hecho.

  2. Solicitud y Estudio:

    • La solicitud debe estar acompañada de documentos que acrediten la convivencia continua durante al menos dos años.

    • Si la solicitud cumple con los requisitos, la autoridad correspondiente declarará la existencia de la sociedad patrimonial.

  3. Distribución de Bienes:

    • Una vez constituida la sociedad patrimonial, los bienes adquiridos durante la vigencia de esta pertenecerán a ambos compañeros por partes iguales.

Requisitos para el Reconocimiento

Para que una sociedad patrimonial pueda ser reconocida, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Unión Libre:

    • Debe existir una unión marital de hecho durante al menos dos años.

    • La convivencia debe haber sido ininterrumpida.

  2. Sin Impedimentos Legales:

    • Los miembros de la pareja no deben tener impedimentos legales para casarse.

    • Si existe un impedimento (como un matrimonio previo), la sociedad conyugal debe haber sido disuelta antes del inicio de la convivencia ininterrumpida.

  3. Documentación:

    • La solicitud debe incluir nombres, identificación, lugar de residencia, teléfonos de contacto y correos electrónicos de los compañeros.

    • Se debe manifestar que la convivencia ha sido continua y sin impedimentos legales para casarse.

    • Se deben anexar copias de los documentos de identidad y registros civiles de los compañeros.

Proceso en Caso de Desacuerdo

Si los compañeros permanentes no están de acuerdo en declarar la sociedad patrimonial, pueden acudir a un juez de familia. Antes de ello, deben intentar resolver sus diferencias en un centro de conciliación o una comisaría de familia.

Declaración y Documentación

La declaración de la sociedad patrimonial puede hacerse mediante escritura pública, acta de conciliación o sentencia judicial. Es importante señalar que una declaración extraprocesal ante notario no es adecuada para declarar la existencia de la sociedad patrimonial, aunque puede servir como prueba en un proceso judicial.

Bienes y Derechos

Los bienes adquiridos durante la unión libre pertenecen a ambos compañeros. Si uno de los compañeros tiene un matrimonio vigente, la sociedad conyugal de dicho matrimonio debe estar disuelta antes de iniciar la convivencia ininterrumpida para que la sociedad patrimonial pueda ser declarada.

Término de la Convivencia

La convivencia puede terminar por separación o fallecimiento de uno de los compañeros. Desde el momento de la separación o fallecimiento, se tiene un año para declarar la sociedad patrimonial. Si este plazo expira, se perderán los derechos patrimoniales.

Consideraciones Finales

Es fundamental cumplir con todos los requisitos y plazos para asegurar la protección de los derechos patrimoniales de los compañeros permanentes.

La correcta regulación y reconocimiento de la sociedad patrimonial en Colombia permite asegurar la equidad y protección de los derechos económicos de las parejas que viven en unión libre. Siguiendo los procedimientos y requisitos legales, las parejas pueden formalizar su situación patrimonial y garantizar una distribución justa de sus bienes.

 

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Es una unión económica y patrimonial que se forma entre compañeros permanentes que han convivido en unión libre durante al menos dos años.

Puede declararse mediante escritura pública ante notario, acta de conciliación en un centro de conciliación, o sentencia judicial ante un juez de familia.

Se requieren copias de los documentos de identidad, registros civiles, y pruebas de la convivencia ininterrumpida durante al menos dos años.

Los bienes adquiridos durante la vigencia de la sociedad patrimonial pertenecen a ambos compañeros por partes iguales.


Requisitos Procedimientos +
Convivencia ininterrumpida de al menos dos años Solicitud ante notario, centro de conciliación o juez de familia +
Ningún impedimento legal para casarse Presentación de documentos de identidad y registros civiles +
Disolución previa de cualquier sociedad conyugal existente Declaración de hechos y pruebas de convivencia ante la autoridad competente +
Solicitud de constitución de la sociedad patrimonial Resolución de diferencias en un centro de conciliación o comisaría de familia antes de acudir al juez en caso de desacuerdo +


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