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¿Cómo se constituye una sociedad patrimonial?


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Fecha de Publicación: 2024-07-10 10:51:54

¿Cómo se constituye una sociedad patrimonial?

¿Cómo se constituye una sociedad patrimonial?


La sociedad patrimonial en Colombia es una figura jurídica que surge cuando dos personas deciden convivir en unión libre, sin estar casadas formalmente, y comparten una vida en común durante un periodo de tiempo. Esta convivencia genera derechos y obligaciones similares a los de un matrimonio formal, especialmente en cuanto a los bienes adquiridos durante la relación. A continuación, se explican los pasos y requisitos para constituir una sociedad patrimonial según el derecho de familia colombiano.

Requisitos para la Constitución de una Sociedad Patrimonial

1. Existencia de una Unión Marital de Hecho

Para que se constituya una sociedad patrimonial es necesario que exista una unión marital de hecho. Según la ley colombiana, esta unión se configura cuando dos personas conviven de manera permanente y notoria, con una vida en común, sin estar casadas formalmente. La convivencia debe ser continua y estable, con una duración mínima de dos años.

2. Adquisición de Bienes Durante la Convivencia

Los bienes adquiridos por la pareja durante el periodo de convivencia forman parte de la sociedad patrimonial. Esto incluye tanto bienes muebles como inmuebles, así como los ingresos generados por ambos miembros de la pareja. Es importante destacar que los bienes adquiridos antes de la convivencia, así como las donaciones y herencias recibidas por cualquiera de los convivientes, no se incluyen en la sociedad patrimonial.

3. Declaración de la Unión Marital de Hecho

Aunque la unión marital de hecho puede existir de facto, es recomendable formalizarla mediante un documento legal. Esto se puede hacer a través de una escritura pública ante una notaría o mediante un acta de conciliación en un centro de conciliación autorizado. Esta formalización facilita la prueba de la existencia de la unión y la posterior disolución de la sociedad patrimonial, en caso de ser necesario.

Procedimiento para la Disolución de la Sociedad Patrimonial

1. Causales de Disolución

La sociedad patrimonial se puede disolver por varias razones, entre ellas:

2. Disolución y Liquidación

La disolución de la sociedad patrimonial implica la terminación de la convivencia y la separación de los bienes comunes. Para llevar a cabo esta disolución, se debe realizar un inventario y avalúo de todos los bienes adquiridos durante la unión. Este proceso puede hacerse de mutuo acuerdo entre las partes o, en caso de desacuerdo, mediante un proceso judicial ante un juez de familia.

3. Repartición de Bienes

Una vez disuelta la sociedad patrimonial, se procede a la liquidación, es decir, la repartición de los bienes. Cada conviviente tiene derecho al 50% de los bienes comunes, salvo que se haya pactado una distribución diferente. En el caso de que uno de los convivientes haya fallecido, el 50% de los bienes comunes se asigna al sobreviviente y el otro 50% se reparte entre los herederos del fallecido.

Aspectos Legales Relevantes

1. Normativa Aplicable

La constitución y disolución de la sociedad patrimonial en Colombia está regulada por la Ley 54 de 1990 y sus modificaciones posteriores, como la Ley 979 de 2005. Estas leyes establecen los requisitos, procedimientos y efectos legales de la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial.

2. Sentencias de la Corte Constitucional

La Corte Constitucional ha emitido varias sentencias relevantes sobre la materia, aclarando y precisando aspectos de la normativa. Entre estas sentencias se encuentran la C-098 de 1996, la C-985 de 2005 y la C-075 de 2007, que abordan temas como la igualdad de derechos para parejas del mismo sexo y la protección de los derechos patrimoniales de los convivientes.

3. Importancia de la Formalización

Formalizar la unión marital de hecho mediante escritura pública o acta de conciliación no solo facilita la prueba de la convivencia, sino que también ofrece una mayor seguridad jurídica en caso de disolución. Este trámite es sencillo y puede realizarse en una notaría o en un centro de conciliación.

La constitución de una sociedad patrimonial en Colombia es un proceso que surge de la convivencia en unión libre por un periodo mínimo de dos años. Esta figura jurídica asegura que los bienes adquiridos durante la convivencia se gestionen de manera equitativa, protegiendo los derechos patrimoniales de ambos convivientes. Formalizar la unión y seguir los procedimientos legales establecidos es fundamental para garantizar la protección de estos derechos y facilitar cualquier proceso de disolución y liquidación de bienes.

Para más información o asesoría sobre la constitución y disolución de la sociedad patrimonial, es recomendable acudir a un abogado especializado en derecho de familia o a las entidades competentes como la personería, la defensoría del pueblo o los consultorios jurídicos locales.

 

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Una sociedad patrimonial es una figura legal que se forma cuando dos personas conviven en unión libre por más de dos años y adquieren bienes en común durante ese tiempo.

La unión marital de hecho se formaliza mediante una escritura pública ante una notaría o un acta de conciliación en un centro de conciliación autorizado.

Se incluyen los bienes adquiridos durante la convivencia, excluyendo los bienes adquiridos antes de la unión, así como donaciones y herencias.

La disolución puede hacerse de mutuo acuerdo mediante un trámite ante notaría o judicialmente ante un juez de familia, donde se reparten equitativamente los bienes comunes.


Aspecto Detalle +
Requisitos para Constituir una Sociedad Patrimonial Existencia de una unión marital de hecho y adquisición de bienes durante la convivencia de mínimo dos años. +
Formalización Se recomienda formalizar mediante escritura pública o acta de conciliación para mayor seguridad jurídica. +
Bienes Incluidos Bienes adquiridos durante la convivencia, excluyendo los bienes previos, donaciones y herencias. +
Causales de Disolución Separación, mutuo acuerdo, muerte de uno de los convivientes o matrimonio de uno con otra persona. +
Procedimiento de Disolución Inventario y avalúo de bienes comunes, disolución de mutuo acuerdo o judicial ante un juez de familia. +


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